
Ley de Bienestar animal
Claves de la ley de bienestar animal
Marta Fernández Jerónimo, abogada experta en derecho animal, CEO de la Clínica Európolis Veterinaria y Fundadora de la asociación Pets Aid, nos desgrana las claves de la ley de bienestar animal que acaba de ser aprobada por el Congreso.
En España, uno de cada tres hogares convive con, al menos, un animal de compañía. Sin embargo, se calcula que más de 6 millones de animales están fuera de control oficial porque no están identificados oficialmente.
Esto provoca que algunos animales se enfrentan a situaciones de abandono, maltrato y sacrificio injustificado.
La polémica, viene por ejemplo por qué animales serán considerados animales de compañía y en qué consistirá el curso para tener un perro y, sobre todo, lo que más controversia ha generado, así como roces entre los socios de gobierno, es la decisión de dejar fuera de la ley varios grupos de animales, en particular los perros de caza. Lo que incluye también a las aves de cetrería, y a lo que se suma también “los perros de trabajo” que estarán excluidos de la nueva ley en algunos puntos (perros de pastoreo o cuida de ganado, los que forman parte de cuerpos de seguridad, perros policía y de rescate y los de terapia o acompañamiento a personas con discapacidad). También quedan fuera los animales usados para experimentación en laboratorio, de los que solo dice: “deberán ser manejados con métodos no agresivos ni violentos que puedan provocar sufrimiento o causar ansiedad o miedo”, un punto muy criticado por su gran subjetividad.
Relevante es el caso son los zoos y delfinarios, que deberán ser reconvertidos en espacios de protección e investigación a partir de 2026.
Los circos con animales quedan prohibidos, como ya sucedía en varias legislaciones autonómicas; y los de llamados “festejos populares”, en cuyo caso la nueva ley excluye a los toros, pero prohíbe las peleas de gallos, algo singular, sin duda.
¿QUÉ ANIMALES SERÁN CONSIDERADOS ANIMALES DE COMPAÑÍA?
Hasta ahora se seguía un criterio de exclusión: no se podían tener como animal de compañía una serie de animales, principalmente aquellos catalogados como especies protegidas o invasoras. La nueva ley, en cambio, funcionará por inclusión; es decir, habrá un “listado positivo” de los animales que sí se pueden tener y será ilegal tener los que no estén incluidos en dicha lista, que aún no ha sido publicada; por el momento se sabe sólo que estarán incluidos perros y gatos además de otras especies comunes, como hurones, conejos y roedores. Para todo esto tendremos que esperar un futuro desarrollo reglamentario.
En cualquier caso, en principio la ley no se aplicará de forma retroactiva. Quienes tengan animales no incluidos en la lista podrán conservarlos, simplemente no podrán adquirir otros de ahora en adelante.
También se establece un periodo máximo para que los animales puedan estar sin supervisión, que será de tres días para los gatos y 24 horas para los perros; falta por saber de cuánto será en el caso de otras especies que se incluyan en el “listado positivo”.
Una excepción en este aspecto serán los perros de pastoreo, que podrán estar más tiempo sin supervisión, pero solo si llevan algún dispositivo de geolocalización y si disponen de un refugio donde cobijarse y alimentarse.
Finalmente, los gatos que regularmente pasen tiempo en el exterior de la vivienda deberán estar esterilizados obligatoriamente.
CURSOS PARA LA TENENCIA DE PERROS Y TEST DE SOCIABILIDAD
Otras dos medidas polémicas son: la obligatoriedad de realizar un curso para poder tener perro, especialmente porque no se han dado muchos detalles al respecto; y el llamado “test de sociabilidad” que sustituirá la polémica categoría de “perros potencialmente peligrosos”.
En cuanto al curso, lo único que se sabe con certeza es que será gratuito y que, a partir de la entrada en vigor de la ley, deberán pasarlo todas las personas que deseen tener un perro, mientras que aquellos que ya tengan uno o más tendrán un plazo de dos años para hacer el curso. En principio, una vez superado permanecerá vigente para siempre. Pero aún no se ha definido en qué consistirá exactamente ni cuáles serán los criterios para superarlo; tampoco cómo se impartirá. La incógnita podría plantearse en el caso de quien ya tienen perro y no realice en el curso en el plazo establecido o en el caso de que no lo supere. Otra vez tendremos que esperar al supuesto desarrollo reglamentario.
Novedoso también es el llamado “test de sociabilidad”, está pensado para sustituir la polémica lista de razas potencialmente peligrosas, los perros serán examinados individualmente, aunque por ahora se desconoce si deberán pasarlo todos los perros o se limitará a los de cierta complexión física.
Además, con independencia de estos criterios, todas las personas con un perro a su cargo deberán contratar un seguro de responsabilidad civil frente a terceros, que cubra las posibles lesiones que pueda ocasionar a otras personas o animales.

COLONIAS DE GATOS Y ANIMALES RESCATADOS DE LA CALLE
La nueva ley dedica un capítulo entero a los llamados “animales urbanos”, es decir, aquellos que han sido abandonados o están en estado silvestre. Se prohíbe el sacrificio que no sea por motivos justificados, como problemas de salud irresolubles que impidan al animal llevar una vida normal; una medida que ya aplicaban diversas Comunidades Autónomas.
Un caso particular es el de las colonias de gatos asilvestrados, que deberán ser esterilizados para impedir que crezcan en número. Además, si están en suelo urbano, los Ayuntamientos deberán ocuparse de garantizar su seguridad y salud, además de identificarlos con microchip. Tampoco podrán trasladarse si no es por motivos justificados y con previa autorización.
COMERCIALIZACIÓN Y USO DE ANIMALES EN LOS ESCAPARATES
La Ley de Bienestar Animal 2023 prohibirá el uso de animales de compañía, pequeños mamíferos, reptiles y aves en escaparates de comercios. De esta manera, se pretende evitar la adquisición por impulso y que los animales se desarrollen en un entorno comercial estresante.
Del mismo modo, prohibirá la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de mascotas.
En este sentido, desde la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal 2023, las tiendas dispondrán de un plazo de 12 meses para cesar su actividad de venta de estos animales.
LO QUE MAS ALARMA A LOS JURISTAS, “TODO LO QUE IMPORTA A UNA SOCIEDAD DEBE REGULARSE EN LAS NORMAS PENALES”.
¿Cómo es posible que el hecho de que un animal viva atado toda su vida se contemple como una mera multa administrativa, y no se refleje en el código penal?
Para ello, para que todas esas sanciones que introduce la ley de bienestar animal se incluyan, como derecho básico a proteger, debe haber una modificación, una reforma de las leyes penales más importantes relacionadas con animales, incluida la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la Ley de Detención Europea, además del propio Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sin estos cambios, no podremos conseguir más que sanciones irrisorias, compensadas en su mayoría con multas que en muchos casos ascenderán a la ridícula cantidad de 6€ al día durante unos meses, y eso con mucha suerte.
Actualmente, sin desarrollo reglamentario y sin la modificación del Código Penal, los operadores jurídicos se encuentran totalmente limitados a la hora de hacer valer los derechos de esos seres sintientes que ya reconoce contradictoriamente el Código Civil.
Es necesaria la adaptación de las leyes a los principales problemas de los animales en España para no causarles verdadera indefensión jurídica.
La vida de los animales tiene que estar íntegramente protegida en el Código Penal, ya que en él se recogen los valores supremos de una sociedad, considerando que el respeto a la vida y la integridad de los animales debe integrar esos valores supremos, pero mientras haya leyes administrativas que resten importancia a la vida de los animales, no tendría sentido alguno.
Resumen de lo que se debe cumplir con la nueva ley:
- Identificación de animales de compañía: en un plazo de 3 meses desde el nacimiento del animal o de 30 días desde la fecha de adquisición, el animal debe inscribirse en el censo municipal y haber sido identificado con microchip por un veterinario.
- Obligatoriedad de supervisión: los animales de compañía no pueden estar más de tres días consecutivos sin vigilancia. El plazo se reduce a 24 horas en el caso de los perros. Del mismo modo, la norma establece que los propietarios deberán “mantenerlos integrados en el núcleo familiar, en buen estado de salud e higiene”.
- Vacunación obligatoria para proteger a las mascotas de enfermedades.
- Control de la cría de animales: la Ley de Bienestar Animal 2023 establece que solo podrán criar «personas responsables de la actividad de la cría de animales de compañía autorizadas» (Registro de Criadores de Animales de Compañía). De no hacerlo, se enfrentaría a una sanción económica de entre 500 y 10.000 euros.
- Los titulares o responsables de los perros deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
- Esterilización de mascotas que habiten fuera del interior de las viviendas o tengan acceso al exterior.
- Sacrificio cero: se prohíbe acabar con la vida de animales de compañía sin que exista una causa debidamente justificada como podrían ser, motivos sanitarios.
- Cursos para tener perro en España. La nueva ley añade un punto que ha originado mucha polémica: todas las personas que tengan o quieran tener un perro, deberán realizar un curso gratuito, independientemente de su raza o características físicas, con carácter previo o en caso de ser ya dueño/a, en un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la nueva norma.
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